A la hora de preguntarse qué es el dólar turista, vale la pena recrear el contexto que le dió nacimiento. Desde que Aníbal Fernández asumió la presidencia el 10 de diciembre pasado, se puso en marcha un plan de políticas públicas, sociales y económicas que tienen por finalidad la reactivación del sistema productivo y la búsqueda de equilibrio económico.
No es novedad para nadie la profunda crisis que atraviesa el país, luego de las sucesivas tomas de deuda por parte del gobierno de Mauricio Macri junto con la pérdida de puestos de trabajo y el disparo de la inflación.
Una de las primeras medidas del flamante gobierno fue la declaración de emergencia económica, social, financiera, pública nacional, aprobada por el Congreso, que le otorga facultades especiales al Poder Ejecutivo para llevar adelante un paquete de acciones desarrolladas en diversos campos.
En este contexto se sanciona la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Económica, que entre otras disposiciones establece un nuevo tributo, llamado “Impuesto Para Una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, también conocido como “dólar para el turismo” o “dólar turista”.
Lo que se busca es limitar la salida de dólares del sistema financiero local. Según pronósticos del Ministerio de Economía, con esta medida se conservarán en el país unos u$s1.500 millones durante el 2020. Como efecto derivado, se incentiva el turismo local y la adquisición de bienes y servicios de la industria nacional.
Dicho gravamen rige desde el 23 de diciembre, fecha en la que se aprobó la legislación mencionada, con carácter de emergencia y durante “cinco períodos fiscales”. Se trata de un impuesto del 30% aplicado a cinco tipos de operaciones distintas, todas relacionadas con el exterior:
- A la compra de divisas extranjeras por parte de residentes en el país, para atesoramiento o sin un fin específico aparente.
- Pago de servicios ofrecidos por personas fuera del territorio argentino.
- Adquisición de servicios extranjeros contratados en dólar vía agencias de viajes en el país.
- Pago de bienes y servicios en el exterior mediante tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago estipulado por la reglamentación, así como las extracciones de dinero en el exterior. Esto incluía a plataformas como Amazon, Netflix y Spotify, aunque luego se acordó que dichos servicios graven sólo un 8% del impuesto.
- Compra de pasajes de barco, avión o terrestres al exterior del país, siempre y cuando para cancelar dicha compra haya que acceder al mercado cambiario y adquirir divisas. Luego el gobierno declaró que no se cobrará el impuesto en pasajes a países limítrofes.
Algunas de las compras alcanzadas por el impuesto, además de las ya mencionadas, son Airbnb, Tinder Gold, YouTube Premium, Disney+, entre otros. También incluye cursos y posgrados, licencias de uso de software y servidores extranjeros, descargas de juegos online para consolas -como por ejemplo PlayStation- y suscripciones a medios extranjeros. Quedan excluídos los libros e insumos médicos y científicos.
Según el portal Infobae, el dólar turista comenzó a regir desde la fecha de promulgación de la ley, el pasado 23 de diciembre, y aquellos que hubiesen efectuado compras de dólares o pagos en dólar online en el exterior por aquellas fechas tendrán tiempo hasta el 20 de febrero del 2020 inclusive para abonar el recargo a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP).
El 5 de febrero pasado, el valor del dólar oficial estuvo en $58,07 para la compra y $63,07 para la venta, por lo que el valor del dólar turístico fue de $81,99. Por su parte, el dólar ilegal o “blue”, cerró en $74 para la compra y $78 para la venta. Esto, sumado al tope de compra de divisas a no más de 200 dólares al mes, lleva a que muchas personas terminen adquiriendo o vendiendo dólares de forma clandestina.
Hoy, el precio del dólar tarjeta -o dólar turista- para la venta sigue en números similares. Es interesante recordar que este tipo de gravamen tiene su historia: durante el 2012 se aplicó con un 15% a las operaciones con tarjeta en el exterior, para luego actualizarse en marzo de 2013 a un 20%, extendiendo sus alcances a la compra en dólar en agencias turísticas extranjeras.
La diferencia entre aquella tributación y la actual, es que podía tomarse como percepción, es decir, se podía contabilizar como un pago a cuenta de las declaraciones de bienes personales y/o a la liquidación de ganancias.
Pero no sólo el dólar tiene su cotización “solidaria”, también existe el “euro turista”, el mismo porcentaje de impuesto aplicado a esta divisa. Actualmente está rondando los 86 pesos. Tiene la misma lógica en relación a las compras con tarjetas de servicios en el extranjero y pasajes.
Quedan por verse los impactos efectivos que ésta política tendrá, aunque de momento los índices al respecto de la ocupación de los puntos turísticos nacionales arroja resultados positivos.