Cómo impactan estas medidas en tus finanzas y de qué manera operan.
Dentro del sistema tributario dispuesto en nuestro país, existen dos conceptos que afectan de una manera directa nuestro día a día en términos laborales, salariales y de consumo. Nos referimos a las percepciones y a las retenciones, dos métodos que utiliza en Estado para recaudar impuestos. ¿Qué son las percepciones y las retenciones?
En contabilidad, las percepciones son valores adicionales que se agregan a la factura -cobrados por quien te provee de un servicio o producto- al momento en el que comprás algo. Las retenciones, en cambio, son una quita en el monto a pagar que realiza un cliente tuyo al momento de abonarte.
Es importante aclarar que estos descuentos o aumentos se hacen por adelantado: representan un crédito fiscal que que se descontará de dicho impuesto en el vencimiento próximo. Además, quienes llevan adelante estas operaciones son llamados “agente de percepción” o “de retención”, por ejemplo:
En el caso de las retenciones, que se efectúan al momento en el que cobramos una boleta, si nuestro cliente es agente, noa hará el descuento correspondiente al porcentaje de dicho impuesto. Deberá entregarnos un certificado firmado en donde figuren fecha y certificado de numeración, la normativa por la que hace la retención y su impuesto correspondiente, nuestros datos, los suyos y el importe retenido.
Este dinero retenido será descontado del próximo pago que le corresponda a dicho impuesto, por lo que habremos cobrado menos por un servicio o bien ofrecido, pero ese dinero se nos descontará de nuestros pagos el próximo mes. Esta operatoria se denomina “pago a cuenta”.
Las percepciones, por su parte, se efectúan al momento en el que abonamos una factura. Si la persona que nos vende determinado bien o servicio es un agente de recaudación, nos cobrará un valor agregado a cuenta de determinado impuesto, que nos será descontado al siguiente mes, a la hora de pagar ese mismo tributo.
La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) designa a los agentes de retención y percepción. A nivel provincial, el impuesto a Ingresos Brutos es de las percepciones más habituales, así como el Impuesto a las Ganancias lo es a las retenciones. El Impuesto al Valor Agregado -IVA- combina agentes de retención y percepción, ya que es un tributo presente en toda la cadena productiva del país.
Otro dato importante que vale la pena repetir es que cualquiera de estas dos operaciones representa un pago a cuenta que luego se deduce del impuesto en cuestión, por lo que no deben trasladarse estos precios a lo que abona el consumidor final. Los bancos suelen ser agentes de retención y los grandes supermercados, agentes de percepción.
Miremos de cerca la percepción de Ingresos Brutos. Para empezar, debemos entender que se le denomina “ingreso bruto” al total de nuestros salarios y propinas, sin los descuentos correspondientes a impuestos. Por lo tanto, este tributo grava “el ejercicio habitual y a título oneroso en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, del comercio, industria, profesión, oficio, negocio (…)”, según el sitio oficial de ARBA.
Es necesario aclarar que cada provincia define a su manera este impuesto, así como también la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los códigos fiscales de cada lugar establecen el tipo de actividad en el que se se aplica, quiénes deben abonarlo y quiénes no, y cuánto es el porcentaje de percepción de ingresos brutos.
La percepción de IIBB forma parte del total de la factura en muchas de las compras que realizamos, por lo tanto son nuestros proveedores quienes las confeccionan y luego, al armar nuestra declaración jurada, podremos descontar este valor del total a pagar. Sin embargo, a veces esto puede transformarse en un monto difícil de recuperar o directamente en un costo.
¿Por qué sucede esto? En ocasiones no está correctamente aclarado en la factura la jurisdicción a la que corresponde la percepción, por lo que en esa nebulosa de identificaciones podemos estar pagando tributos de más que no nos corresponden. En este sentido es importante tomarse el trabajo de chequear qué figura en la boleta y estar alerta.
En tal caso es preciso tener un contador que pueda ayudarnos a determinar, según el encuadramiento impositivo de nuestro emprendimiento, qué percepciones deberían cobrarnos los proveedores y de cuáles estamos exentos. Ante diferencias de precio o cantidad en una compra debemos contactar al proveedor lo más rápido posible para que modifique la boleta correspondiente, en lo posible dentro del mismo mes de la compra.
Si no logramos modificar la boleta a tiempo, es posible que no se nos devuelva percepción y sea un dinero que finalmente no podemos aprovechar de ninguna forma. Es por esto que en algún casos queda un resto de dinero “inmovilizado” que al que no podemos acceder respecto de nuestros ingresos brutos.