Se extendió la fecha de inscripción hasta el 31 de Agosto junto con el régimen de facilidades en la financiación de obligaciones en planes caducos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP- comunicó en las últimas horas una serie de medidas que se tomarán durante los próximos meses, a fines de aliviar un poco la presión que los contribuyentes puedan estar teniendo debido a la crisis económica agravada por el Coronavirus.
La moratoria para PyMES de AFIP es una herramienta enmarcada dentro de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, sancionada a fines del año anterior, y permite refinanciar en plazos de hasta una década toda deuda impositiva de los contribuyentes. En un contexto de desaceleración económica e incertidumbre como el de la actual pandemia, un enorme porcentaje de las PyMES no está pudiendo trabajar y mucho menos cumplir con sus obligaciones impositivas.
Uno de estos anuncios es la prórroga de la moratoria de AFIP, que extenderá su plazo de inscripción en el régimen impositivo hasta el 31 de Agosto. También prorrogará a su vez, el paquete de facilidades diseñado para aquellas deudas incluidas dentro de planes de pago que ya caducaron a fines del año pasado, específicamente aquella vencida hasta el 30 de noviembre pasado y los planes de pago –vigentes o caducos- hasta el 23 de diciembre de 2019.
Es la Resolución General 4667/2020 sancionada el pasado 30 de julio la que estipula esta extensión, de la que quedan afuera algunos impuestos específicos, como las cuotas de ART, los impuestos sobre combustibles, gas oil, gas licuado, gas natural, y el Fondo Hídrico de Infraestructura; así como el impuesto Específico sobre la Realización de Apuestas.
Los aportes y contribuciones a las Obras Sociales tampoco se verán alcanzadas por la prórroga de la moratoria de AFIP durante el 2020, así como las cuotas que correspondan al Seguro de Vida Obligatorio y los aportes con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
Para poder adherirse a este nuevo plan de pagos, es necesario contar con el certificado pyme “MyPyme” hasta el día 30 de abril de 2020, en los términos de la resolución N°220/19 de la Ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y sus modificatorias.
También pueden acceder las entidades civiles sin fines de lucro, como asociaciones, fundaciones, cooperativas, consorcios, mutuales, cooperadoras e iglesias, siempre y cuando validen ante la AFIP su condición jurídica.
Los emprendimientos que no cuenten con el certificado “MiPYme” tendrán que acreditar el inicio del trámite de inscripción en el “Registro de Empresas MiPyMES” al momento de la adhesión al régimen, en cuyo caso el acogimiento será “condicional”, quedando sujeto a aprobación.
Los que abonen monotributo podrán acceder a la moratoria de la AFIP, mientras también se extiende la suspensión de bajas de oficio por falta de pago, o por excedente en el límite máximo de facturación.
Según las leyes vigentes, un contribuyente es dado de baja del monotributo cuando no paga diez cuotas consecutivas. Mercedes Marcó del Pont, titular de AFIP, comunicó que julio no será computado para proceder con las bajas de contribuyentes de forma automática.
Además, se suspenderán las bajas del régimen de monotributo por facturaciones que excedan el máximo disponible establecido por la categoría K, que asciende a un monto mensual de facturación de $217.349,75.
Es posible calcular de antemano cuál será el valor de las cuotas del plan de pagos dependiendo la situación particular de cada contribuyente, incluyendo deudas tributarias, de la seguridad social y aduaneras, así como ver cómo resultaría una reforma de plan de pago.
En la página web oficial de AFIP existe un simulador de moratoria 2020 con el que, de acuerdo al tipo de empresa o entidad y al tipo de deuda que se quiera averiguar, se calcula el valor de las cuotas mensuales que correrían a partir de este nuevo plan de pagos sancionado. Tipeando en cualquier buscador web “AFIP Simulador moratoria” se accede al mismo.
Estas son algunas de las medidas que el gobierno nacional junto con los gobiernos provinciales están llevando a cabo para paliar los efectos críticos que genera la pandemia por Covid-19. Mientras continúan desarrollándose avances médicos en busca de una cura –en Argentina se ensayará la utilización de un fármaco desarrollado por Pfizer y BioNTech- continúan las políticas de contención económica para grandes sectores de la sociedad.
Cómo se controlará la situación hasta la posibilidad de una vacuna sigue siendo una incógnita, teniendo en cuenta los casos de rebrote que se registraron a nivel global. En muchos países la actividad económica volvió más o menos a la normalidad, pero en cualquier momento podría volver a suspenderse la producción, el comercio y algunas formas de consumo.